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Derechos de uso de las fotos: qué puedes publicar, dónde y por cuánto tiempo
Un hotel nos escribió porque su agencia de publicidad quería usar en una campaña pagada las fotos que se habían tomado dos años antes para el sitio web. La pregunta parecía simple: ¿podemos o no podemos? La respuesta también era simple, pero solo porque en su momento habíamos dejado el punto por escrito. Cuando no está escrito, esa misma pregunta se transforma en una conversación incómoda a mitad de una campaña.
Por qué esto aparece siempre después, y nunca antes
Cuando alguien encarga fotos, la conversación es sobre qué se va a fotografiar, cuándo y cuántas imágenes se entregan. Nadie pregunta por los derechos de uso, porque en ese momento el uso parece obvio: son para el sitio, para los portales, para Instagram. Y para eso alcanza sin problema.
El punto aparece un año o dos después, cuando el uso cambia. La agencia quiere las imágenes para una campaña pagada. El proveedor quiere ponerlas en su catálogo. La cadena quiere usarlas en un aviso de vía pública. El corredor que las encargó ya no trabaja con esa propiedad. Ninguno de esos usos es raro, y ninguno estaba en la cabeza de nadie el día de la sesión.
La solución no es un contrato largo. Es una frase en el presupuesto que diga para qué queda autorizado el uso de las imágenes. Escrita antes, cuesta nada. Discutida después, cuesta tiempo y a veces una campaña.
Las cuatro dimensiones de una licencia de uso
Toda autorización de uso, por informal que sea, define cuatro cosas. Vale la pena conocerlas porque son las mismas que aparecen en cualquier presupuesto de fotografía comercial, y saber leerlas te permite pedir exactamente lo que necesitas.
- Para qué: los medios en que puedes publicar. Sitio web propio, portales inmobiliarios, redes sociales, material impreso, publicidad pagada, vía pública. Cada uno puede estar incluido o no.
- Por cuánto tiempo: si el uso es indefinido o tiene un plazo. En fotografía de negocio lo habitual es indefinido; en campañas grandes con modelos contratados es frecuente que sea acotado.
- Dónde: el territorio. Para la mayoría de los negocios de la región de Coquimbo esto es irrelevante y se deja sin límite, pero aparece cuando hay una marca internacional involucrada.
- Quién: qué entidad puede usarlas. Solo tu empresa, también tus franquiciados, también tus proveedores, o cualquiera a quien tú se las entregues.
En el trabajo cotidiano —una inmobiliaria, un hotel, un restaurante, una empresa que necesita retratos de equipo— lo razonable es una licencia amplia e indefinida para uso propio en cualquier medio. Es lo que resuelve el noventa y nueve por ciento de los casos y es lo que conviene pedir explícitamente.
Los dos casos que sí generan problemas de verdad
Fotos inmobiliarias cuando cambia el corredor
Es, de lejos, el más frecuente. Una corredora encarga y paga la sesión de una propiedad. Meses después el mandato termina, el propietario se cambia de corredora, y las fotos siguen publicadas en portales bajo la nueva publicación. La corredora anterior reclama, con razón, que pagó por ellas.
No hay que llegar ahí. Antes de la sesión conviene decidir una de tres cosas y dejarla escrita: la licencia es de la corredora y no viaja con la propiedad; la licencia es del propietario aunque pague la corredora; o la licencia es compartida y ambos pueden usar las imágenes sin límite. Cualquiera de las tres funciona. La que no funciona es no haber elegido.
Personas identificables en fotos comerciales
El segundo caso involucra a la gente que sale en las fotos. En retratos corporativos es evidente que hay que pedir autorización, y casi siempre se pide. Donde se olvida es en las fotos de ambiente: el restaurante lleno, el hall del hotel con huéspedes, el equipo trabajando de fondo en una foto de oficina.
Si la persona es reconocible y la imagen se va a usar para promocionar un negocio, corresponde una autorización escrita. Y no es solo una formalidad legal: un empleado que se va de la empresa en malos términos y sigue apareciendo en la portada del sitio es una situación práctica bastante común, y se resuelve mucho mejor si existe un papel que diga qué se autorizó.
Qué pedir siempre en la entrega
Independiente de la licencia, hay cosas concretas que conviene exigir al recibir el trabajo, porque determinan si las fotos te van a servir en tres años o vas a tener que volver a fotografiar.
- Los archivos en alta resolución, no solo las versiones optimizadas para web. Sin ellos no puedes imprimir ni usar las imágenes en formatos grandes.
- Las versiones ya optimizadas para web y para portales, que es lo que vas a usar el noventa por ciento del tiempo.
- Un respaldo propio de la entrega, guardado por ti. No asumas que el fotógrafo conservará los archivos indefinidamente.
- La descripción del uso autorizado, por escrito, aunque sea un párrafo en el mismo correo de entrega.
- Claridad sobre si el fotógrafo puede mostrar el trabajo en su portafolio, que es lo habitual y razonable, o si por algún motivo el proyecto es confidencial.
El punto de fondo
Ninguno de estos temas es complicado y ninguno requiere abogados en un encargo normal. Requieren una conversación de cinco minutos antes de la sesión, y que el resultado quede escrito en el mismo documento donde está el resto del acuerdo.
La regla práctica es simple: si se te ocurre algún uso posible de esas fotos en los próximos años, nómbralo antes de la sesión y no después. Es más barato ampliar el alcance de una licencia mientras se está definiendo el trabajo que pedir un permiso adicional cuando la campaña ya está armada y la fecha de salida está fijada.
Preguntas frecuentes
¿Las fotos que pagué son mías?
Lo que recibes es un derecho de uso sobre las imágenes, no necesariamente la titularidad del derecho de autor, que en Chile nace en el fotógrafo. En la práctica esa distinción casi nunca te limita, porque la licencia de uso que se entrega en trabajo comercial cubre todo lo que un negocio normalmente necesita: sitio web, portales, redes sociales, material impreso y publicidad. Lo importante no es quién figura como autor, sino que el alcance de tu uso esté descrito en el presupuesto o el contrato antes de la sesión.
¿Puedo usar las fotos de mi propiedad si después cambio de corredor?
Depende de quién encargó y pagó la sesión. Si la contrataste tú como propietario, el uso es tuyo y viaja contigo. Si la encargó y pagó la corredora, la licencia normalmente es de ella y no se transfiere de forma automática cuando termina el mandato. Es una de las situaciones que más fricción genera y se resuelve en una línea: dejar escrito desde el principio si la licencia queda a nombre del propietario, de la corredora, o de ambos.
¿Necesito autorización de las personas que aparecen en las fotos?
Sí, cuando son identificables y las imágenes se van a usar comercialmente. Eso incluye a tu propio equipo en retratos corporativos y a clientes que aparezcan en fotos de ambiente en un local o restaurante. Se resuelve con una autorización escrita firmada el día de la sesión, breve y en lenguaje claro, que indique para qué se usarán las imágenes. Es un trámite de dos minutos que evita tener que retirar una foto de circulación más adelante.
¿Necesitas fotografía así para tu propiedad o tu negocio?